schema:text
| - ¿Qué verificamos?
Hacienda multará a los propietarios con más de una vivienda si no la usan como residencia habitual o si no la «okupan».
Conclusión
Las sanciones solo se contemplan en el caso de que el propietario no declare la vivienda (o viviendas) sin habitar o las rentas que perciba por arrendamiento.
EFE Madrid |
No es cierto que Hacienda vaya a multar a los propietarios con más de una vivienda si no la usan como residencia habitual o si no la «okupan», como señalan mensajes en redes sociales que tergiversan un artículo sobre posibles penalizaciones si una persona no declara en el IRPF un segundo inmueble en propiedad sin habitar.
Numerosos perfiles en redes sociales como X o Facebook aseguran que «Hacienda multará a los propietarios con más de una vivienda si no la usan como residencia habitual».
«Esta noticia, no es más que la antesala a la abolición de la propiedad privada en España», señala un mensaje difundido en Facebook que adjunta un titular que recoge esta afirmación y se ilustra con una imagen de la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, y la ministra de Hacienda, María Jesús Montero.
Algunas de las publicaciones que circulan en redes sociales sostienen que estas sanciones se aplicarían a segundas residencias que no se «okupen».
Solo existen sanciones por no declarar
La ley prevé sanciones cuando una persona no incluye una residencia que no constituye la habitual en la declaración de la renta, no declara el importe del arrendamiento -en caso de que esté alquilado- o no pague la imputación del valor catastral, pero, en ningún caso, se multa a los propietarios que tengan más de un inmueble sin «okupar» o sin usar, según desmienten fuentes de Hacienda y explica el sindicato de técnicos de este departamento a EFE Verifica.
En respuesta a EFE Verifica, fuentes de la cartera que encabeza María Jesús Montero aseguran que «esa afirmación es un bulo» y que «nunca se ha planteado nada así».
Por su parte, el presidente del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha), Carlos Cruzado, explica a EFE Verifica que un propietario debe declarar la renta que percibe por el arrendamiento de «la segunda y sucesivas viviendas».
En caso de que el inmueble «esté a disposición del titular y no esté habitado», se tiene que tributar con una imputación de rentas, equivalente al 2 % del valor catastral (o al 1,1 % si se ha revisado su valor en los últimos 10 años), señala Cruzado.
Ambas obligaciones tributarias se estipulan en la ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de 2006, por lo que no es una medida nueva.
Cruzado explica, además, que el propietario está obligado a declarar la residencia habitual -aunque no tributa en renta- y el resto de viviendas en propiedad.
Si una persona no incluye esta información en la declaración puede incurrir en una infracción que va desde el 50 % hasta el 150 % de la parte defraudada, señala Cruzado, antes de precisar que estos casos son poco habituales.
La publicación lo detallaba en el subtítulo
El titular que difunden los mensajes engañosos fue sacado de un artículo que, precisamente, habla de las sanciones a las que puede incurrir un propietario si tiene más de una vivienda y no la declara en el IRPF. El subtítulo de la información especificaba ese supuesto.
A fecha de publicación de esta información, el artículo lleva un titular distinto al que aparece en la captura que circula en redes sociales y en el que se indica que la multa solo se prevé en este caso, por lo que subió la información del subtítulo al titular, evitando así confusiones. Tampoco aparece la fotografía de Isabel Rodríguez y María Jesús Montero, sino una imagen del logotipo de la Agencia Tributaria.
Sin embargo, una copia archivada del 20 de septiembre en la base de datos de archive.today, una herramienta que permite guardar una versión de una página web, recoge tanto el titular como la foto que difunden las publicaciones falsas.
En definitiva, Hacienda no multará a los propietarios con más de una vivienda sin «okupar» o sin habitar, una afirmación que desmienten este mismo departamento y el sindicato de técnicos de Hacienda, que precisa que las sanciones solo se aplican en caso de no declarar un inmueble o las rentas derivadas de un arrendamiento.
Fuentes:
Ministerio de Hacienda.
Carlos Cruzado, presidente del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha).
Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
‘Hacienda puede sancionar a los propietarios con más de una vivienda si no la usan como residencia habitual y no la declaran en el IRPF‘, de Noticias Trabajo.
Versión archivada del artículo en archive.today.
|