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  • Es falsa la publicación detectada en Facebook que alerta sobre dicha sanción hacia los comerciantes que cobran con la tasa de cambio no oficial. La desinformación circula desde el año 2022 y la ley estipula una sanción penal - Por Cotejo.info En el contexto de análisis económicos recientes asociados al control cambiario en Venezuela, circula en Facebook una publicación que alerta sobre la supuesta aplicación de una multa para aquellos comerciantes que cobren sus productos y servicios al tipo de cambio de divisas paralelo, por no ser el monto establecido por el Banco Central de Venezuela (BCV). El contenido se comparte en una captura de pantalla de lo que parece un website de noticias, por la estructura del texto y las firmas que contiene. En el mismo se lee: «Aplicarán multa hasta de 60 mil dólares a quien cobre al paralelo. Multas que pudiera ubicarse entre 600 hasta 60 mil dólares aplicaría la Superintendencia de Precios Justos (SUNDEE)». El proceso de verificación del equipo de Cotejo.info arrojó que es falso que se aplique una multa de este tipo a aquellos negocios y comerciantes que apliquen una tasa de cambio no estipulada por el BCV. Sin embargo, sí existe una sanción penal. La desinformación circula un mes después que el ente supervisor de estas prácticas (Sundee) realizara una jornada de supervisión, y en medio de múltiples análisis económicos con respecto al control de cambio en el país. Ley Orgánica de Precios Justos Desde el mes de agosto, la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde) inició una jornada para supervisar y verificar el cumplimiento del tipo de cambio oficial establecido por el BCV en los distintos comercios del país. Un mes después empieza a circular la información de una supuesta multa, que fue desmentida en 2022 cuando se trató de una usurpación. Si bien no existe alguna normativa legal que establezca una multa en Unidades Tributarias (UT) en el caso de realizar cobros o establecer precios al cambio paralelo, sí está en vigencia desde noviembre de 2024, la Ley Orgánica de Precios Justos, la cual establece una sanción penal de 8 a 10 años para quienes comentan esta irregularidad. “Quien de manera directa o indirecta, con engaño y fines de lucro, aplicare o informare, por cualquier medio, un tipo de cambio distinto al fijado por el Ejecutivo Nacional para la estimación de precios de bienes o servicios, en el territorio nacional, será sancionado con prisión de ocho (08) a diez (10) años”. Artículo 62 de la Ley Orgánica de Precios Justos La imagen de la publicación en Facebook proviene de una cobertura errónea publicada en un diario digital regional en Venezuela, la cual se hace eco no solo del bulo sino del supuesto anuncio desmentido en 2022, que contempla la supuesta multa e incluye los logos de la sundde. A su vez el escrito contiene errores en los acrónimos de la institución y no comparte un enlace a alguna fuente oficial con el anuncio de una nueva multa o sanción administrativa. Control y diferencial cambiario En Venezuela se instauró un control de cambio en el año 2003 y fue regulado por distintas instancias gubernamentales como Cadivi o la recientemente liquidada Cencoex. En 2018 se implementó un sistema de mesas de cambio manejado por el BCV, único ente legal para fijar un precio, en bolívares, al dólar. Esta sería la tasa de cambio oficial, sin embargo, existe un precio en el mercado negro de divisas. A finales de septiembre el economista y director de Ecoanalítica, Asdrubal Oliveros, señaló en su cuenta X (antes Twitter) los riesgos económicos que implica el aumento del diferencial cambiario entre la tasa de cambio oficial y la del dólar paralelo, junto a una serie de consideraciones para operar esto de forma eficiente. En conclusión, es falso que exista una multa para negocios o comerciantes que utilicen el monto del dólar paralelo para calcular el precio de venta de sus productos, dado que no existe un anuncio oficial sobre esta supuesta sanción. Lo que sí existe es una sanción penal de 8 a 10 años de cárcel, según la Ley Orgánica de Precios Justos, contemplado como “especulación de precios”. El contenido detectado en Facebook circula en el contexto de supervisiones por parte de la sundde y en medio de un aumento del diferencial cambiario en Venezuela. Este texto periodístico de Cotejo.info es parte de la Iniciativa Third Party Fact-Checker de Facebook en Venezuela. Este programa de verificación independiente se lleva adelante desde 2016 y trabaja actualmente con más de 80 socios periodísticos en distintas partes del mundo Deja una respuesta
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