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  • ¿QUÉ VERIFICAMOS? El DNI para animales ha entrado en vigor el 5 de enero de 2022 y a partir de ahora será obligatorio para todas las mascotas. CONCLUSIÓN No, el DNI para animales no se ha aprobado todavía. Se trata de una medida que se encuentra el borrador del anteproyecto de la Ley de Protección y Derechos de los Animales y que se ha confundido con la actual la ley 17/2021 que adapta la situación de los animales y su convivencia con los seres humanos. El futuro Documento Nacional de Identidad (DNI) para animales de compañía, que registrará los datos de las mascotas y de sus propietarios en España, todavía no ha entrado en vigor pese a lo que dicen mensajes en redes sociales y noticias en medios de comunicación. En los últimos días se han publicado y compartido informaciones en las que se afirma que los animales de compañía ya deben contar con un documento de identificación similar al DNI tras la entrada en vigor de la nueva ley 17/2021 que modifica la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el régimen jurídico de los animales. Junto a capturas de DNI con imágenes de perros, estos contenidos aportaban otros datos falsos: «a partir de este 5 de enero las mascotas españolas tendrán un DNI Animal«, tiene un «coste de 13 euros» o que ya «se puede obtener en el veterinario«. Algunos ya han empezado a mencionar al perfil oficial de la Policía Nacional en Twitter para consultar dudas acerca de la identificación en caso de tener animales exóticos u otras mascotas que no sean perros y gatos. SERES VIVOS DOTADOS DE SENSIBILIDAD El conocido como «DNI animal» no es obligatorio en España desde el pasado 5 de enero. El proyecto de establecer una identificación de ese tipo está incluido en el borrador del anteproyecto de Ley de Protección y Derechos de los Animales, que regulará el Sistema Estatal de Registros de Protección Animal (SERPA) y todavía se encuentra en fase de tramitación. Por el contrario, la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, que modifica el Código Civil para adaptarlo a la nueva situación de los animales y su convivencia con los seres humanos no contempla el DNI para mascotas. El hito que ha introducido la modificación legal aprobada en diciembre es el de que los animales han dejado de considerarse «bienes inmuebles o cosas«, para pasar a ser «seres vivos dotados de sensibilidad«, explica a EFE Verifica el vocal del Colegio de Veterinarios de Madrid Manuel Lázaro Rubio. Por tanto, el origen de este bulo es una confusión entre esta modificación del Código Civil- que se encuentra disponible en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y el anteproyecto de Ley de Protección y Derechos de los Animales, remarca Lázaro. Es decir, esta normativa trata de proteger al animal en caso de un accidente de tráfico o que estos no sean incluidos en las deudas hipotecarias como pertenencias, entre otras modificaciones mencionadas en el BOE. Por otro lado, en lo que corresponde a los divorcios, «la autoridad judicial confiará para su cuidado a los animales de compañía a uno o ambos cónyuges, y determinará, en su caso, la forma en la que el cónyuge al que no se le hayan confiado podrá tenerlos en su compañía, así como el reparto de las cargas asociadas al cuidado del animal«. PREVENIR EL maltrato y el ABANDONO El borrador del anteproyecto de la Ley de Protección y Derechos de los Animales “está listo desde octubre” y esperan que llegue al Consejo de Ministros “en las próximas semanas” para, posteriormente, iniciar su tramitación en las Cortes, precisan a EFE Verifica fuentes del Ministerio de Derechos Sociales. Esta normativa traerá novedades como el Sistema Estatal de Registros de Protección Animal (SERPA)- (artículo 9 del capítulo II) – que introducirá medidas para el control de cría de las mascotas, la identificación de personas inhabilitadas para la tenencia de animales y el registro de entidades de protección animal. Con ello, se sentarán las bases para la creación de un «DNI animal» que “no sería un documento nuevo y no tendrá coste alguno para los propietarios”. El futuro DNI animal, será, en realidad, un sistema de acceso a la base de datos del territorio nacional donde vendrá reflejada más información de la que ya contiene el chip de identificación que llevan los animales de compañía. Una vez identificada la mascota, a los propietarios se les facilitará un código QR que podrá ser instalado en el collar del animal y que será útil en casos de pérdida y para mantener actualizado los datos de vacunación del animal e información sobre su propietario. En definitiva, no ha entrado en vigor ningún documento de identidad para animales con la nueva ley 17/2021, de 15 de diciembre, que modifica la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el régimen jurídico de los animales, es una confusión con el borrador del anteproyecto de la Ley de Protección y Derechos de los Animales que sí contempla esa medida. FUENTES Manuel Lázaro Rubio, vocal del Colegio de Veterinarios de Madrid. Consejo General de Colegios Veterinarios de España. Ley 17/2021, de 15 de diciembre, que modifica la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil publicada en el Boletín Oficial del Estado. Borrador del anteproyecto la Ley de Protección y Derechos de los Animales. Boletín primer trimestre 2021 de la Dirección General de Derechos de los Animales. Fuentes del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Informaciones de EFE.
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