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| - ¿QUÉ VERIFICAMOS?
El Gobierno de España ha aprobado reconocer a todas las víctimas de violencia de género como discapacitadas.
CONCLUSIÓN
Es falso. El Gobierno aprobó en realidad reducir plazos para reconocer la discapacidad causada por violencia machista.
EFE Madrid |
El ministerio español de Derechos Sociales no ha clasificado a todas las mujeres víctimas de violencia de género como personas discapacitadas, pese a lo que afirman de forma engañosa usuarios en redes sociales que tergiversan un decreto aprobado recientemente por el Gobierno de España donde se incluye una vía de urgencia para reconocer la discapacidad causada por la violencia machista, entre otros motivos.
Publicaciones en redes sociales aseguran que la ministra Ione Belarra ha clasificado a las mujeres víctimas de violencia machista “legalmente como discapacitadas”. Con esta decisión, las víctimas podrán acceder a “ayudas”, tener “un sueldo vitalicio” y una «vivienda a cuenta del Estado”, según estos contenidos.
Y otros mensajes en redes sociales afirman que entre Belarra y la ministra de Igualdad, Irene Montero, «gestionan casi 7.000 millones de euros al año para concluir que las mujeres tienen un retraso”.
Evaluación de deficiencias y factores psicosociales
En realidad, el Gobierno no ha incluido a todas las víctimas de violencia de género en la clasificación de personas discapacitadas, sino que ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Derechos Sociales, una normativa sobre discapacidad en la que se incluye a las mujeres cuya discapacidad fue causada por la violencia machista entre las personas a quienes se reduce a la mitad los plazos para reconocerles esa condición.
El Real Decreto 888/2022 aprobado el pasado 18 de octubre, que introduce modificaciones para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, aboga en sus primeros párrafos por la consolidación de un modelo biopsicosocial de la salud, en sintonía con la ONU, que reconoce la discapacidad como un hecho social, por lo que, además del bienestar físico o ausencia de enfermedad, tiene en cuenta el mental y social de las personas.
Y es que la última Macroencuesta de Violencia contra la Mujer 2019, publicada en 2020, concluye que un 17,5 % de las mujeres víctimas de violencia machista tiene una discapacidad ocasionada por la misma.
Por ello, la calificación y el grado de discapacidad responden en este real decreto a criterios técnicos unificados en todo el territorio español y fijados mediante baremos que se acompañan como anexos al texto normativo, donde se establece que serán objeto de evaluación tanto las deficiencias, las limitaciones en la actividad y las restricciones en la participación que presente la persona como, en su caso, los «Factores Contextuales/Barreras Ambientales».
Los plazos de tramitación se reducen a la mitad
El decreto establece que, cuando concurran razones de interés público que así lo aconsejen o relacionadas con la salud, la violencia de género, la esperanza de vida u otras de índole humanitaria, se podrá acordar la tramitación urgente del procedimiento de reconocimiento de grado de discapacidad, de oficio o a instancia de la persona interesada, con o sin medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica.
Dicha tramitación por vía de urgencia implica que los plazos establecidos para la realización de los trámites del procedimiento reducirán a la mitad su duración.
De esta forma, el real decreto aprobado este mes de octubre establece un “trámite de urgencia cuando fuese necesario por causas humanitarias o de especial necesidad social”, que incluye a las mujeres víctimas de violencia de género.
La Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (Cocemfe) ha subrayado, en declaraciones a EFE Verifica, la trascendencia de que “las mujeres víctimas de violencia sean uno de los supuestos que están recogidos para poder acceder a este trámite de urgencia”.
El hecho de que sean “reconocidas como mujeres con discapacidad contribuirá a que puedan disponer de apoyos públicos que les ayuden a afrontar su nueva situación”, aseguran las mismas fuentes.
Ni sueldo vitalicio ni vivienda del Estado
Asimismo y pese a los mensajes falsos sobre este decreto, las personas con una discapacidad reconocida «no tienen derecho a una vivienda a cuenta del Estado o a un sueldo vitalicio», explica la Cocemfe en un mensaje a EFE Verifica.
Estas fuentes subrayan que las personas con discapacidad tienen acceso a “derechos y beneficios que tratan de compensar la falta de igualdad de oportunidades», como puede ser una prestación económica, pero en ningún caso esa ayuda “puede considerarse como un sueldo vitalicio, ya que lo recibido nunca supera el sobrecoste asociado a la discapacidad”.
En cuanto a la vivienda, la Cocemfe señala que, si bien existen “determinadas ayudas para realizar obras de accesibilidad o una mayor prioridad a la hora de acceder a viviendas de protección oficial”, la adquisición de una casa “corre a cuenta de cada persona” y dependerá «de si se lo puede permitir y si encuentra una vivienda accesible, puesto que, por lo general, brillan por su ausencia, tanto en alquiler como para su compra”.
En resumen, el decreto aprobado por el Gobierno acorta los plazos para reconocer el grado de discapacidad a aquellas personas con especial necesidad, entre ellas las mujeres que sufran una discapacidad a causa de la violencia de género, que no tendrán un sueldo vitalicio ni una vivienda del Estado por esta causa.
FUENTES:
Boletín Oficial del Estado publicado el 20 de octubre – Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.
Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE).
Macroencuesta de Violencia contra la Mujer 2019 impulsada por la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género.
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