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Los graves incendios en España son consecuencia de la prohibición de limpiar y desbrozar montes, tal y como marca la Agenda 2030.
Conclusión
Ni la ley estatal de montes ni las distintas legislaciones autonómicas prohíben la limpieza de estos espacios naturales, sino que, al contrario, obligan a sus titulares al mantenimiento para, entre otras razones, reducir el riesgo de incendio.
EFE Madrid |
No es cierto que en España esté prohibido limpiar y desbrozar los montes, como afirman mensajes en redes sociales a raíz de los graves incendios que han afectado a España, que apuntan falsamente a supuestas leyes ecológicas y a la Agenda 2030 como razones de esta prohibición.
Los virulentos fuegos que se han registrado este verano en distintos puntos de España han propiciado la circulación, un año más, de narrativas que apuntan como una de las causas de estos fuegos a las leyes medioambientales y la Agenda 2030 que supuestamente prohíben limpiar y hacer labores de mantenimiento en los montes.
En muchas ocasiones, se alude al establecimiento de espacios protegidos, como parques nacionales, como uno de los principales problemas para llevar a cabo estas labores.
“Hay una agenda 2030 que cumplir, por eso se le echa la culpa al cambio climático mientras se guarda silencio por ejemplo respecto a las regulaciones de no dejar limpiar el monte”, dice una de estas publicaciones.
La ley exige que los montes deben limpiarse
Ni la ley estatal de montes ni las distintas legislaciones autonómicas prohíben la limpieza de estos espacios naturales, sino que, al contrario, obligan a sus titulares al mantenimiento para, entre otras razones, reducir el peligro de incendio.
La Ley 43/2003 de Montes —que es el marco legislativo que regula estos espacios naturales— estipula que son los propietarios de terrenos, fincas y montes los responsables directos de su mantenimiento y limpieza, así como de realizar “los trabajos de carácter preventivo a lo largo del año» para la prevención y defensa ante incendios forestales.
Las Comunidades Autónomas, además, tienen sus propias normativas que adaptan y desarrollan la normativa estatal.
En Castilla y León, una de las regiones más castigadas por el fuego, la Ley 3/2009 establece que “los propietarios de los montes estarán obligados a realizar, o a permitir realizar a la consejería competente en materia de montes, las medidas de prevención de incendios forestales que sean acordadas por esta”.
Del mismo modo, la legislación en Galicia, donde el incendio de Larouco se ha convertido en el más devastador de la historia de esta región, obliga a los dueños de terrenos forestales a “mantenerlos en condiciones que contribuyan a prevenir o evitar incendios, respetando especialmente las relativas a la gestión de biomasa».
Leyes que regulan el aprovechamiento
Varios expertos consultados por EFE Verifica coinciden en que la ley de montes y las distintas legislaciones no prohíben, sino que regulan el mantenimiento y el aprovechamiento forestal.
Jorge Aguado, ingeniero forestal y especialista del programa de bosques de la organización WWF, explica que el “proceso es claro” y que para hacer estas labores es necesario “hacer una solicitud por registro y obtener los permisos”.
Las autorizaciones han de realizarse, por un lado, para obtener el permiso del propietario del terreno forestal —sea público o privado- y, por otro, para asegurar que se hacen las labores correctas.
Respecto a los espacios protegidos, Aguado señala que solo en “el 1% de los espacios naturales protegidos, que son aquellos parques nacionales o reservas nacionales, existe una protección más intensa”. “En el resto sí que se pueden realizar aprovechamientos del monte”.
Sobre estas autorizaciones, Ignacio Pérez-Soba, decano del Colegio Oficial de ingenieros de Montes de Aragón, señala que “hay mecanismos sencillos para permitir los aprovechamientos” y que las administraciones autonómicas intervienen para asegurar que estas labores de protección de incendios “se hacen de acuerdo con el saber hacer de la ingeniería de montes española”.
Control ecológico y económico
Por otro lado, Pérez-Soba explica que estas autorizaciones son necesarias no solo para un control ecológico, sino también económico.
“La legislación forestal prevé que, en los montes de utilidad pública, el 15% de todos los ingresos de los aprovechamientos se ingresan en un fondo de mejoras que se reinvierte en la mejora y gestión del monte que lo ha producido”, señala.
Luis Berbiela, ingeniero de montes y vicepresidente de la entidad Pau Costa para la prevención y gestión de incendios forestales, afirma que ciertos procesos de la administración han de modernizarse, agilizarse y reducirse para «no expulsar la actividad que se venía realizando de forma tradicional».
Berbiela explica que, mientras algunas regiones «simplemente piden una declaración jurada», en algunas comunidades autónomas el proceso es «farragoso» y «complejo».
Abandono del medio rural
Estos expertos coinciden que uno de los factores principales que incrementa el riesgo de incendios es el abandono generalizado del medio rural.
En este sentido, Berbiela señala que en las últimas décadas se han abandonado “muchas áreas de cultivo” que, al ser ocupadas por la vegetación, se han incorporado como “terrenos forestales” sin gestionar.
A ello se suma, apunta, un abandono paulatino de zonas de aprovechamiento forestal tradicional.
Aguado añade, además, que solo el 30 % de los montes cuentan con un proyecto de ordenación forestal. “Eso nos hace ver la realidad que hay detrás, que es el abandono rural y una falta de gestión”, subraya.
Al contrario de lo que afirman muchos usuarios de redes sociales, que aseguran que la limpieza de montes se ve entorpecida por leyes ecologistas, Aguado explica que las organizaciones medioambientales demandan precisamente “mayor gestión forestal y del territorio” para prevenir incendios.
“Se está hablando mucho de que la culpa es del proteccionismo ambiental, se nos acusa de no querer cortar árboles cuando, precisamente, en nuestros proyectos hablamos justo de lo contrario”, señala.
“Muchas veces restaurar ecosistemas no pasa por plantar o tener más biomasa, sino por todo lo contrario, por talar árboles”, añade.
En definitiva, es falso que en España esté prohibido limpiar los montes, tal y como demuestra una revisión de las leyes de este ámbito y constatan distintos expertos.
Fuentes:
Ley 3/2009 de Montes de Castilla y León.
Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia.
Jorge Aguado, ingeniero forestal y especialista del programa de bosques de la organización WWF.
Luis Berbiela, ingeniero de montes y vicepresidente de la entidad Pau Costa.
Ignacio Pérez-Soba, decano del Colegio Oficial de ingenieros de Montes de Aragón.
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